Author: pyme
Go to Source
Adrián Fernández / Madrid
La Ley contra el fraude ya es una realidad. El Congreso de los Diputados ha dado luz verde a esta nueva normativa que, entre otras novedades, limita el pago en efectivo a 1.000 euros a las empresas y no incluye la reducción del IVA del 21% al 10% de las peluquerías tal y como solicita este sector.
Baja el límite del pago a 1.000 euros
La nueva Ley Antifraude rebaja el límite de pagos en efectivos a empresas o profesionales de los 2.500 euros de antes a los 1.000 euros de ahora. Esta nueva medida persigue facilitar el rastreo de las operaciones y dificultar que se incurra en prácticas fraudulentas. Algunos organizaciones empresariales, como ANGED, CEC, ACOTEX o FECE, avisan de que limitar estos pagos pueden perjudicar a las empresas. “Parece desproporcionado implantar un límite tan bajo para las operaciones en efectivo y a la propia libertad de elección por parte del consumidor” denuncian.
Por otro lado, la Presidencia del Senado ha anulado la enmienda para aprobar la bajada del IVA de las peluquerías del 21% al 10%. Esta es la primera vez en la historia que la Presidencia anula una enmienda aprobada en el pleno.
Otras medidas
Esta Ley incluye otras medidas importantes. Algunas de ellas son:
- Se prohiben las amnistías fiscales.
- Se establece el límite en los 600.000 euros de deuda para la lista de morosos de Hacienda.
- La Agencia Tributaria deberá tener el consentimiento del obligado tributario o una autorización judicial para efectuar entradas en domicilio durante sus inspecciones.
- Los sistemas electrónicos utilizados en la contabilidad o la gestión empresarial se deben ajustar a unos requisitos que garanticen la integridad, conservación, trazabilidad e inalterabilidad de los registros de las operaciones.
- Se prohíbe la producción, tenencia o comercialización de programas o sistemas informáticos de doble uso, que permiten a las empresas ocultar parte de su actividad.
- Nueva obligación de informar sobre la tenencia y operativa con monedas virtuales (criptomonedas), tanto situadas en España como en el extranjero si afecta a contribuyentes españoles.